El arraigo socioformativo es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales, dirigida a extranjeros que han permanecido en España de forma continuada durante al menos dos años. Esta medida permite regularizar su situación migratoria mediante la realización de una formación específica, facilitando su integración laboral y social en el país.
El arraigo socioformativo es una figura legal que concede una autorización de residencia temporal a extranjeros en situación irregular en España, condicionada a la realización y superación de una formación reglada. Esta formación puede estar orientada a la obtención de un certificado de profesionalidad, una habilitación profesional o cursos de ampliación de competencias ofrecidos por universidades. Una vez completada con éxito la formación, el solicitante puede acceder a una autorización de residencia y trabajo.
Este permiso está destinado a extranjeros no comunitarios que:
- Han residido en España de forma continuada durante al menos dos años.
- Carecen de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia.
- No tienen prohibida la entrada en España y no figuran como rechazables en territorios con los que España tenga acuerdos en tal sentido.
- Se comprometen a realizar una formación orientada a la inserción laboral y social.
Para optar al arraigo socioformativo, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Permanencia continuada en España: Acreditar una estancia ininterrumpida de al menos dos años.
- Ausencia de antecedentes penales: No registrar antecedentes en España ni en los países donde haya residido en los últimos cinco años.
- Compromiso de formación: Presentar un compromiso de realizar una formación reglada para el empleo, obtener un certificado de profesionalidad, una habilitación profesional o cursos de ampliación de competencias en universidades.
- Abono de tasas: Pagar la tasa correspondiente al trámite de autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales.
Al presentar la solicitud, se debe aportar la siguiente documentación:
- Formulario de solicitud: Modelo oficial EX–10, debidamente cumplimentado y firmado.
- Pasaporte completo y en vigor: Copia de todas las páginas del pasaporte o título de viaje con una vigencia mínima de cuatro meses.
- Documentación acreditativa de la permanencia continuada en España: Certificados de empadronamiento, registros médicos, contratos de alquiler u otros documentos oficiales que demuestren la estancia ininterrumpida.
- Certificado de antecedentes penales: Emitido por las autoridades del país o países donde haya residido en los últimos cinco años, debidamente legalizado y traducido al español.
- Compromiso de realización de la formación: Declaración responsable de que se realizará la formación, reflejada en el modelo oficial de solicitud o en un documento adicional.
- Presentación de la solicitud: De manera presencial en la Oficina de Extranjería de la provincia donde el solicitante tenga su domicilio o electrónicamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial.
- Pago de tasas: Abonar la tasa correspondiente al trámite de autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales.
- Resolución: La Administración tiene un plazo de tres meses para notificar la resolución. Si no se notifica en este plazo, se entiende desestimada por silencio administrativo.
- Acreditación de la matriculación: En un plazo de tres meses desde la notificación de la concesión de la autorización, el solicitante debe acreditar su matriculación en la formación comprometida.
- Obtención de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE): Una vez concedida la autorización, se debe solicitar la TIE en la Comisaría de Policía correspondiente en el plazo de un mes.
- Duración de la autorización: El permiso tiene una vigencia inicial de 12 meses, prorrogable una única vez por otro período de 12 meses si la formación tiene una duración superior o excede la vigencia de la primera autorización.
- Acceso al mercado laboral: Tras superar la formación y presentar un contrato de trabajo, se puede obtener una autorización de residencia y trabajo por dos años.
- Asesoramiento profesional: Dada la complejidad del proceso, se recomienda contar con asesoramiento legal especializado para garantizar una correcta tramitación.