María Cardona Abogados

María Cardona Abogados

Carta de invitación

La carta de invitación es un documento oficial que permite a ciudadanos extranjeros no comunitarios visitar España por motivos de turismo o privados, garantizando su estancia legal y segura en el país.​

Es una declaración formal emitida por un ciudadano español o extranjero residente legal en España, en la que se compromete a acoger en su domicilio a un ciudadano extranjero no comunitario durante su estancia temporal en el país. Este documento es requerido por las autoridades españolas para autorizar la entrada de visitantes por motivos turísticos o privados.​

Está dirigida a ciudadanos de países que requieren visado para ingresar a España y que desean visitar el país por motivos turísticos o privados, siendo necesaria para acreditar el alojamiento durante su estancia.​

Requisitos de la solicitud

  • El anfitrión debe ser ciudadano español o extranjero con residencia legal en España.​
  • Disponer de un domicilio adecuado para alojar al invitado.​
  • Comprometerse a cubrir los gastos de estancia y retorno del invitado, si fuera necesario.​
  • Formulario de solicitud de carta de invitación, disponible en las comisarías de policía.​
  • Documento de identidad del anfitrión (DNI, NIE o pasaporte).​
  • Documento que acredite la titularidad del domicilio (escritura de propiedad o contrato de alquiler).​
  • Pasaporte en vigor del invitado.​
  • Información sobre la relación entre el anfitrión y el invitado.​
  • El anfitrión presenta la solicitud y la documentación en la comisaría de policía correspondiente a su lugar de residencia.​
  • Abona la tasa establecida para la tramitación de la carta de invitación.​
  • La policía verifica la documentación y, si es conforme, emite la carta de invitación.​
  • El anfitrión envía la carta original al invitado, quien la presentará en el consulado español de su país al solicitar el visado.​
  • La carta de invitación no garantiza la concesión del visado, pero es un requisito indispensable para su solicitud.​
  • Es recomendable iniciar el trámite con suficiente antelación a la fecha prevista de viaje.

Nota importante: La información proporcionada en este documento se basa en la normativa vigente. La normativa está en constante cambio, por lo que es esencial contar con asesoramiento actualizado y personalizado. Nuestros profesionales se mantienen al día con las últimas modificaciones legales para ofrecerle un servicio de calidad y adaptado a tus necesidades.​

¿Necesitas ayuda con tu trámite?

Despacho de abogados especializado en derecho de extranjería.

Te asesoramos en cada paso del proceso para asegurar una tramitación eficaz. 

Contáctanos hoy mismo para una consulta personalizada.