María Cardona Abogados

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Arraigo sociolaboral (nuevo reglamento)

El arraigo laboral es una autorización de residencia temporal en España destinada a extranjeros que han mantenido una relación laboral en el país y se encuentran en situación irregular. Este permiso permite regularizar su estatus migratorio y acceder legalmente al mercado laboral español.

El arraigo sociolaboral es una modalidad de regularización que concede una autorización de residencia y trabajo a extranjeros que han residido en España de forma continuada durante al menos dos años y cuentan con una oferta de empleo.

Este procedimiento está destinado a personas extranjeras en situación irregular que:

  • Hayan permanecido en España de manera continuada durante un mínimo de dos años.
  • Cuenten con una oferta de empleo vigente.

Para acceder al arraigo sociolaboral, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Residencia continuada: Acreditar una estancia ininterrumpida en España de al menos dos años.
  • Oferta de empleo: Presentar un contrato de trabajo firmado por ambas partes.
  • Ausencias permitidas: Las ausencias del territorio español no deben superar los 90 días en total durante los dos años previos a la solicitud.

Al presentar la solicitud, es imprescindible aportar:

  • Pasaporte completo y vigente: Copia de todas las páginas del pasaporte en vigor.
  • Certificado de empadronamiento: Documento que acredite la residencia en España durante al menos dos años.
  • Contrato de trabajo: Documento firmado que garantice la oferta de empleo.
  • Certificado de antecedentes penales: Emitido por las autoridades del país o países donde haya residido en los últimos cinco años, debidamente legalizado y traducido al español.

El proceso para obtener el arraigo sociolaboral implica:

  1. Reunir la documentación requerida: Asegurarse de que todos los documentos estén completos y actualizados.
  2. Presentar la solicitud: Acudir a la oficina de extranjería correspondiente para entregar la documentación.
  3. Esperar la resolución: El tiempo de respuesta puede variar, pero generalmente se resuelve en un plazo de tres meses.
  4. Obtención de la tarjeta de residencia: Una vez aprobada la solicitud, se debe solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).

Es fundamental asegurarse de que toda la documentación esté en regla y presentada correctamente para evitar retrasos o posibles denegaciones en el proceso.

Nota importante: La información proporcionada en este documento se basa en la normativa vigente. La normativa está en constante cambio, por lo que es esencial contar con asesoramiento actualizado y personalizado. Nuestros profesionales se mantienen al día con las últimas modificaciones legales para ofrecerle un servicio de calidad y adaptado a tus necesidades.​

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