María Cardona Abogados

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Contratación desde país de origen

La contratación desde el país de origen permite a empleadores españoles incorporar a trabajadores extranjeros de manera legal y planificada, facilitando la migración ordenada y atendiendo a las necesidades del mercado laboral en sectores específicos.​

Es un procedimiento que permite a empleadores en España contratar a trabajadores extranjeros directamente desde sus países de origen para cubrir puestos de trabajo temporales o estacionales en sectores con alta demanda de mano de obra. Este modelo promueve la migración circular, facilitando que los trabajadores regresen a sus países una vez finalizado el contrato.

Este procedimiento está dirigido a empleadores españoles que requieren mano de obra en sectores específicos, como la agricultura o la hostelería, y a trabajadores extranjeros que buscan oportunidades laborales temporales en España. Los trabajadores deben comprometerse a retornar a su país de origen al finalizar el contrato. ​

  • Para el empleador:
    • Justificar la necesidad de contratar trabajadores extranjeros debido a la falta de candidatos nacionales o residentes legales.​
    • Garantizar condiciones laborales dignas y alojamiento adecuado para los trabajadores.​
    • Cumplir con las obligaciones en materia de Seguridad Social y legislación laboral vigente.​
  • Para el trabajador:
    • Poseer la cualificación o experiencia necesaria para el puesto ofertado.​
    • No tener antecedentes penales en España ni en su país de origen.​
    • Comprometerse a regresar a su país al finalizar el contrato.​
  • Por parte del empleador:
    • Solicitud de autorización de residencia y trabajo para cada trabajador
    • Contrato de trabajo firmado que detalle las condiciones laborales.​
    • Acreditación de la capacidad económica y medios para cumplir con las obligaciones laborales.​
  • Por parte del trabajador:
    • Copia del pasaporte en vigor.​
    • Certificado de antecedentes penales legalizado.​
    • Certificado médico que acredite no padecer enfermedades que puedan tener repercusiones de salud pública.​
  • Solicitud de autorización: El empleador presenta la solicitud de autorización de residencia y trabajo en la Delegación o Subdelegación del Gobierno correspondiente.​
  • Evaluación: Las autoridades verifican el cumplimiento de los requisitos y la documentación aportada.​
  • Resolución: Si se aprueba la autorización, el trabajador debe solicitar el visado en el consulado español de su país.​
  • Viaje a España: Una vez obtenido el visado, el trabajador puede ingresar a España y comenzar su actividad laboral.​
  • Retorno: Al finalizar el contrato, el trabajador retorna a su país de origen, cumpliendo con el compromiso de migración circular.​

Es fundamental que tanto empleadores como trabajadores cumplan con las condiciones establecidas en el contrato y la normativa vigente para garantizar el éxito del programa y futuras oportunidades de colaboración.

Nota importante: La información proporcionada en este documento se basa en la normativa vigente. La normativa está en constante cambio, por lo que es esencial contar con asesoramiento actualizado y personalizado. Nuestros profesionales se mantienen al día con las últimas modificaciones legales para ofrecerle un servicio de calidad y adaptado a tus necesidades.​

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