María Cardona Abogados

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Homologación de títulos universitarios en España

La homologación de títulos universitarios extranjeros permite reconocer oficialmente en España las titulaciones obtenidas en otros países, otorgándoles validez y efectos académicos y profesionales equivalentes a los títulos españoles. Este proceso es esencial para quienes desean continuar su formación o ejercer una profesión regulada en territorio español.​

La homologación es el reconocimiento oficial de la equivalencia entre un título extranjero de educación superior y un título universitario oficial español. Este procedimiento certifica que la formación adquirida en el extranjero cumple con los estándares y contenidos exigidos en España, permitiendo al titular acceder a las mismas oportunidades laborales y académicas que quienes poseen el título español equivalente.

Este procedimiento está dirigido a personas que hayan obtenido un título de educación superior en una institución extranjera y deseen que dicho título sea reconocido oficialmente en España. Es especialmente relevante para quienes buscan ejercer profesiones reguladas en España, ya que la homologación es necesaria para obtener la habilitación profesional correspondiente.​

Para solicitar la homologación, es necesario que el título extranjero cumpla con ciertos criterios:​

  • El título debe haber sido expedido por una institución de educación superior oficialmente reconocida en su país de origen.​
  • La formación cursada debe ser equivalente, en cuanto a nivel y duración, a la que conduce al título universitario español al que se desea homologar.​
  • El contenido formativo debe coincidir en un porcentaje significativo con el del título español equivalente.​

La documentación que generalmente se requiere incluye:​

  • Solicitud cumplimentada: Disponible en la sede electrónica del Ministerio de Universidades.​
  • Copia del documento de identidad: Pasaporte o documento nacional de identidad en vigor.​
  • Título extranjero: Copia del título que se desea homologar.​
  • Certificación académica: Documento que detalle las asignaturas cursadas, la carga horaria y las calificaciones obtenidas.​
  • Programas de las asignaturas: Contenidos y duración de cada materia cursada.​
  • Acreditación del pago de la tasa: Justificante de haber abonado la tasa correspondiente al procedimiento de homologación.​

 

Es importante destacar que todos los documentos extranjeros deben estar legalizados o apostillados y, en su caso, traducidos al español por un traductor jurado.​

  • Presentación de la solicitud: La solicitud y la documentación requerida se presentan preferentemente a través de la sede electrónica del Ministerio de Universidades.​
  • Pago de la tasa: Se debe abonar la tasa establecida para la homologación de títulos extranjeros. La justificación del pago es imprescindible para la tramitación del expediente. ​
  • Evaluación de la solicitud: Las autoridades competentes analizan la equivalencia del título extranjero con el título español correspondiente, considerando aspectos como la carga horaria, los contenidos y las competencias adquiridas.​
  • Resolución: Tras la evaluación, se emite una resolución que puede ser favorable (concediendo la homologación) o desfavorable. En algunos casos, se puede requerir la realización de requisitos formativos complementarios, como la superación de pruebas de aptitud o la realización de periodos de prácticas.​
  • Expedición de la credencial: Si la resolución es favorable, se emite una credencial de homologación que acredita la equivalencia del título extranjero con el título universitario español.​
  • Profesiones reguladas: Para ejercer ciertas profesiones en España, es obligatorio obtener la homologación del título extranjero. Entre estas profesiones se incluyen las relacionadas con la salud, la ingeniería y la docencia, entre otras. ​
  • Equivalencia de nivel académico: Si no se desea ejercer una profesión regulada, pero se busca el reconocimiento académico del título extranjero, se puede solicitar la declaración de equivalencia al nivel académico de Grado o Máster. Este procedimiento no otorga efectos profesionales, pero reconoce el nivel académico del título. ​
  • Plazo de resolución: El tiempo de tramitación puede variar según la complejidad del expediente y la carga de trabajo de la administración. Es recomendable iniciar el proceso con suficiente antelación.

Nota importante: La información proporcionada en este documento se basa en la normativa vigente. La normativa está en constante cambio, por lo que es esencial contar con asesoramiento actualizado y personalizado. Nuestros profesionales se mantienen al día con las últimas modificaciones legales para ofrecerle un servicio de calidad y adaptado a tus necesidades.​

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