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María Cardona Abogados

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Modificación de estancia de estudios a residencia

Si te encuentras en España con una autorización de estancia por estudios y deseas cambiar tu situación a una autorización de residencia y trabajo, es fundamental conocer el procedimiento adecuado para realizar esta modificación. Este proceso te permitirá integrarte plenamente en el mercado laboral español, aprovechando las oportunidades profesionales que ofrece el país.​

La modificación de estancia por estudios a residencia es el proceso legal mediante el cual una persona que posee una autorización de estancia en España por motivos de estudios, investigación, formación o prácticas, solicita cambiar su situación a una autorización de residencia que le permita trabajar en el país. Este cambio facilita la incorporación al mercado laboral español de aquellos que han completado su formación o desean compaginarla con una actividad laboral.​

Este procedimiento está dirigido a extranjeros que se encuentran en España con una autorización de estancia por estudios, investigación, formación o prácticas y que desean cambiar su situación a una autorización de residencia y trabajo. Es especialmente relevante para aquellos que han finalizado sus estudios o formación y buscan oportunidades laborales en España.​

Para solicitar la modificación de tu situación de estancia por estudios a residencia y trabajo, debes cumplir con los siguientes requisitos:

  • Permanencia en España: Haber estado en situación de estancia por estudios, investigación, formación o prácticas durante al menos tres años.​
  • Acreditación de los estudios: Haber finalizado los estudios, investigación, formación o prácticas, y poder acreditarlo con el correspondiente certificado o título.​
  • Oferta de empleo: Contar con una oferta de trabajo relacionada con la formación realizada, que garantice una remuneración acorde con el convenio colectivo vigente o, en su defecto, con el salario mínimo interprofesional.​
  • Carecer de antecedentes penales: No tener antecedentes penales en España ni en los países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.​
  • Situación de regularidad: No encontrarse en situación irregular en España.​

Al presentar tu solicitud, deberás aportar la siguiente documentación:

  • Formulario de solicitud: Modelo oficial EX-03, debidamente cumplimentado y firmado.​
  • Pasaporte: Copia completa del pasaporte en vigor.​
  • Acreditación de la estancia por estudios: Documentos que demuestren que has estado en situación de estancia por estudios, investigación, formación o prácticas durante al menos tres años.​
  • Titulación o certificación: Título, diploma o certificado que acredite la finalización de los estudios, investigación, formación o prácticas.​
  • Contrato de trabajo: Copia del contrato de trabajo firmado por el empleador y el trabajador, que garantice una remuneración acorde con el convenio colectivo o, en su defecto, con el salario mínimo interprofesional.​
  • Certificado de antecedentes penales: Emitido por las autoridades del país o países en los que hayas residido durante los últimos cinco años, debidamente legalizado y, en su caso, traducido al español.​
  • Acreditación de la empresa: Documentos que acrediten que la empresa está inscrita en la Seguridad Social y al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.​

El proceso para la modificación de tu situación de estancia por estudios a residencia y trabajo es el siguiente:

  • Presentación de la solicitud: La solicitud debe ser presentada por el empleador en la Oficina de Extranjería de la provincia donde se vaya a realizar la actividad laboral.​
  • Pago de tasas: Se deberán abonar las tasas correspondientes a la autorización de residencia y trabajo.​
  • Resolución: La Administración tiene un plazo de tres meses para resolver la solicitud. Si no se recibe respuesta en este plazo, se entiende que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.​
  • Afiliación y alta en la Seguridad Social: Una vez concedida la autorización, el trabajador deberá ser dado de alta en la Seguridad Social en el plazo de un mes desde la notificación de la concesión.​
  • Expedición de la tarjeta de identidad de extranjero (TIE): Tras el alta en la Seguridad Social, deberás solicitar la TIE en la Comisaría de Policía correspondiente.​
  • Plazos: Es fundamental respetar los plazos establecidos en cada fase del procedimiento para evitar posibles inconvenientes o denegaciones.​
  • Actualización de la normativa: Las leyes y reglamentos pueden sufrir modificaciones. Se recomienda consultar fuentes oficiales actualizadas antes de iniciar el trámite.​

 

En nuestro despacho de abogados, contamos con amplia experiencia en extranjería y podemos asesorarte en todo el proceso de modificación de tu estancia por estudios a residencia y trabajo. Contacta con nosotros para una consulta personalizada y asegura una transición exitosa hacia tu nueva etapa profesional en España.

Nota importante: La información proporcionada en este documento se basa en la normativa vigente. La normativa está en constante cambio, por lo que es esencial contar con asesoramiento actualizado y personalizado. Nuestros profesionales se mantienen al día con las últimas modificaciones legales para ofrecerle un servicio de calidad y adaptado a tus necesidades.​

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