María Cardona Abogados

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Obtener la nacionalidad española

La nacionalidad española permite a los ciudadanos extranjeros integrarse plenamente en la sociedad española, accediendo a derechos y deberes en igualdad de condiciones con los españoles de origen. Existen diversas vías para adquirirla, cada una con requisitos específicos.​

La nacionalidad española es el vínculo jurídico que une a una persona con el Estado español, otorgándole derechos como el de residir y trabajar en España, participar en procesos electorales y acceder a servicios públicos, entre otros.​

Este servicio está dirigido a extranjeros que deseen adquirir la nacionalidad española y cumplan con los requisitos establecidos por la legislación vigente.​

Los requisitos varían según la vía de adquisición de la nacionalidad. Por ejemplo, para la nacionalidad por residencia, se exige:​

  • Residencia legal y continuada: El periodo requerido oscila entre 1 y 10 años, dependiendo de las circunstancias personales del solicitante.​
  • Buena conducta cívica: No tener antecedentes penales ni policiales.​
  • Integración en la sociedad española: Demostrar un adecuado grado de integración, lo cual se evalúa mediante la superación de pruebas de conocimiento constitucional y sociocultural de España.​

Vías posibles de conseguir la nacionalidad

  • Nacionalidad por residencia: Requiere la residencia legal y continuada en España durante un periodo determinado, que varía según las circunstancias personales del solicitante.​
  • Nacionalidad por opción: Es un beneficio que la legislación ofrece a extranjeros que se encuentran en determinadas condiciones, como aquellos que estén o hayan estado sujetos a la patria potestad de un español o cuyo padre o madre hubiera sido español y nacido en España.​
  • Nacionalidad por carta de naturaleza: Se otorga discrecionalmente mediante Real Decreto, cuando en el interesado concurren circunstancias excepcionales.​
  • Nacionalidad por posesión de estado: Aplica a personas que han poseído y utilizado la nacionalidad española durante diez años, de forma continuada y de buena fe, basándose en un título inscrito en el Registro Civil

La documentación requerida puede variar según la vía de adquisición y las circunstancias personales del solicitante. Generalmente, se solicita:​

  • Certificado de nacimiento: Legalizado y, en su caso, traducido.​
  • Certificado de antecedentes penales: Del país de origen y de los países donde haya residido anteriormente.​
  • Certificado de empadronamiento: Que acredite la residencia en España.​
  • Certificado de matrimonio: Si aplica.​
  • Pruebas de integración: Certificados de superación de las pruebas de conocimiento constitucional y sociocultural de España.
  • Preparación de la documentación: Reunir todos los documentos requeridos, asegurándose de que estén legalizados y traducidos si es necesario.​
  • Presentación de la solicitud: La solicitud puede presentarse de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia o de manera presencial en el Registro Civil correspondiente al domicilio del solicitante.​
  • Pago de tasas: Abonar la tasa correspondiente mediante el modelo 790 código 026.​
  • Tramitación del expediente: Las autoridades competentes evaluarán la documentación y, en su caso, requerirán información adicional o la subsanación de errores.​
  • Resolución: Una vez analizado el expediente, se emitirá una resolución concediendo o denegando la nacionalidad.​
  • Jura o promesa: En caso de concesión, el solicitante deberá jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes.​
  • Inscripción en el Registro Civil: Finalmente, se procederá a la inscripción de la adquisición de la nacionalidad en el Registro Civil.​
  • Plazos: El proceso de adquisición de la nacionalidad puede ser largo. Es recomendable iniciar los trámites con suficiente antelación.​
  • Doble nacionalidad: España permite la doble nacionalidad con países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal.​

Nota importante: La información proporcionada en este documento se basa en la normativa vigente. La normativa está en constante cambio, por lo que es esencial contar con asesoramiento actualizado y personalizado. Nuestros profesionales se mantienen al día con las últimas modificaciones legales para ofrecerle un servicio de calidad y adaptado a tus necesidades.​

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